Requisitos para acceder a la autorización:
- Constancia de inscripción en AFIP Y ATER.
- Fotocopia DNI titular y vendedores.
- Pago del tributo correspondiente
- Cumplimiento de las medidas sanitarias y de pesas y medidas vigentes.
- Acreditar propiedad de la mercadería.
- Portar credencial identificatoria otorgada por el Municipio.
LOS PERMISOS PARA LA VENTA AMBULANTE SE OTORGARAN EXCLUSIVAMENTE PARA HORARIO DE COMERCIO, DE LUNES A VIERNES.
Se solicita a los vecinos de la ciudad que, razones de seguridad, en caso de observar personas vendiendo en la vía pública que no posean dicho carnet, DEN AVISO A LA MUNICIPALIDAD O A LA POLICÍA (en caso de ser fines de semana) con el objetivo de que pueda evaluarse la situación de los mismos.
Normativa vinculada:
ORDENANZA N° 391 (678)
DECRETO N° 1776