Tras detectar irregularidades en los registros sanitarios de establecimiento y producto, la ANMAT dictó la prohibición de comercialización de dos productos comestibles.
En este sentido, el Área municipal de Bromatología aconseja a la población evitar el consumo de los productos alcanzados por la medida.
- “Aceite de oliva, Extra Virgen sabor intenso, marca Olivares del Rey, RNE N° 04005381 – RNPA N° 04068198”.
- “Aceite de oliva extra virgen – aceite comestible, mezcla premium, marca Viejo olivar, RNE N° 04005381 – RNPA N°04-68186”, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento.