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Sólo las ópticas pueden comercializar elementos vinculados a la salud visual

Dic 13, 2022 | Prevención Urbana

Este marco jurídico se refleja en la Ley Nacional 17.132, Ley Provincial 9068 y Ordenanza Municipal N°1134.

Desde el Municipio se recuerda que a nivel nacional, provincial y municipal rige legislación que regula la óptica como disciplina profesional garantizando la salud visual de las personas.

En consecuencia, la actividad óptica solamente puede ser ejercida por aquellos técnicos que posean el título de Óptico Técnico, Experto en Óptica o Perito Óptico.

Son precisamente estos profesionales quienes están en condiciones de vender todo tipo de objetos ópticos (lentes, protectores, correctores y/o filtrantes, entre otros) a través de sus locales habilitados.

Este marco jurídico se refleja en la Ley Nacional 17.132, Ley Provincial 9068 y Ordenanza Municipal N°1134.

Evitemos sanciones respetando la legislación vigente.

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