Desde la Municipalidad de Villa Elisa a través del Área de Catastro se informa a la comunidad que está en vigencia la Ordenanza N°1317 del Código de Ordenamiento Urbano.
Es importante recordar, especialmente aquellos que estén interesados en la venta o compra de inmuebles, que ésta Ordenanza en su Sección VIII, Artículo 43° indica que todo plano de promoción o propaganda, confeccionado para ofrecer en venta parcelas provenientes de la subdivisión de un inmueble destinado a su urbanización debe ser copia exacta del plano aprobado por el municipio, debiendo llevar sello de la oficina de catastro.
También especifica que la venta de parcelas en urbanizaciones no autorizadas por la Municipalidad o cuyas dimensiones sean inferiores a los mínimos establecidos por este Código no serán válidas y se sancionará a los responsables con multas e inhabilitación.
Por ello antes de iniciar una venta o compra de inmuebles, se sugiere verificar estar en cumplimiento con las ordenanzas vigentes y así evitar sanciones.
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