Desde el área de Espacios Verdes se informa a la comunidad que está en vigencia la Ordenanza N°1278 cuyo sentido fundamental es ordenar lo atinente a la preservación, conservación, recuperación y mejoramiento del arbolado público, como asimismo garantizar y preservar los espacios públicos existentes.
En ésta oportunidad y atentos a algunos casos de infracción registrados en la ciudad se recuerda el Art. 11 de la mencionada ordenanza.
ART. 11º).- Queda prohibido fijar en el arbolado público elementos que perjudiquen en forma directa o indirecta su aspecto natural y/o morfológico tales como: Clavos, alambres, hierros, ganchos, pegamentos, pinturas, artefactos eléctricos, letreros, avisos, carteles pasacalles, enredaderas o plantas trepadoras, etc. Asimismo queda prohibido todo tipo de lesión a la anatomía como encalar, barnizar o pintar cualquiera sea la sustancia empleada, descortezar, agujerear, cualesquiera sean los elementos empleados, o por acción del fuego, como también alterar o destruir cualquier elemento protector, además de realizar tratamientos fitosanitarios sin la debida autorización.
Se prohíbe también eliminar el espacio verde comprendido entre la vereda y el cordón, pavimentando, impermeabilizando o modificando la superficie, como también elevar o disminuir el nivel de tierra en ese sector sin previa autorización. Presentando la propuesta para ser considerada por la autoridad de aplicación, sólo se autorizarán accesos peatonales o vehiculares que no afecten el normal crecimiento del arbolado. #arboladopúblico
Nuevo taller de expresión artística para adolescentes
Está dirigida a chicos de 13 a 18 años. Desde el Área de Niñez, Adolescencia y Familia (ANAF) se informa que durante el mes de septiembre comenzará un nuevo taller gratuito de expresión artística para adolescentes. Esta propuesta está dirigida a chicos de 13 a 18 años...


