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Nuevas habilitaciones en Villa Elisa en el marco de la Emergencia Sanitaria

Jun 1, 2020 | Novedades

Atentos a los alcances del último decreto provincial con nuevas habilitaciones en el marco de la Emergencia Sanitaria, la Municipalidad de Villa Elisa mediante el Decreto N°236 autorizó nuevas actividades económicas y deportivas para los vecinos de la ciudad.

Este fin de semana pudieron comenzar a trabajar las actividades gastronómicas, mientras que desde hoy se ha incorporado a las habilitaciones al sector hotelero,  actividades deportivas que se desarrollan de manera individual al aire libre y se amplió el horario de atención al público para comercios locales.

Compartimos un  detalle de las nuevas excepciones:

Gastronómicos

  • Se define como servicio gastronómico a todos aquellos locales que cuentan con una cocina habilitada por la Municipalidad de Villa Elisa. LAS MESAS NO PODRÁN SUPERAR LA CANTIDAD DE 4 COMENSALES, con excepción de familias convivientes más numerosas.
  • Los gastronómicos podrán prestar sus servicios de domingo a jueves hasta las 23 horas y los días viernes y sábado hasta las 00:30 horas del día siguiente. A su vez podrán implementar la modalidad de retiro de la comida en el mismo local durante esos horarios.
  • Demás medidas que deben cumplir han sido especificadas en el Decreto y pueden consultarse en la web de la Municipalidad de Villa Elisa.

Hoteleros

  • Los servicios de hoteles y alojamientos solamente PODRÁN PRESTARSE A PERSONAS EXCEPTUADAS DEL “AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO” o que deban acompañar a familiares o personas allegadas por razones de salud y NO vivan en zonas con transmisión local en la Argentina, definidas por el Gobierno Nacional. Además de lo establecido en el protocolo, deberán confeccionar un registro con el itinerario que realizará la persona en nuestra ciudad.

Actividades deportivas

  • Está permitido el desarrollo en todo el ámbito de la ciudad, de actividades físicas y/o deportivas individuales que se realicen al AIRE LIBRE.

Locales comerciales

  • Se amplía el horario máximo de cierre para atención al público de locales comerciales HASTA LAS 20 HORAS, con excepción de las estaciones de servicios de combustibles y las farmacias. Para los supermercados o comercios de venta de comestibles y alimentos, cuya superficie sea superior a los 350 metros cuadrados, el horario de cierre será de hasta las 19 horas.

Servicios de Delivery

  • Los Delivery podrán prestar sus servicios durante los mismos horarios habilitados para los comercios. Con excepción de los que realizan reparto de comidas, que podrán hacerlo hasta las 24 horas de domingo a jueves y hasta las 00:30 horas los viernes y sábados.
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