A partir del mes de noviembre del corriente año será obligatorio el cumplimiento de la Ordenanza 1840 la cual prohíbe el uso de Bolsas de Polietileno y todo otro material plástico convencional dentro del ámbito de los supermercados, autoservicios y almacenes, para luego extenderse a los demás comercios.
Las bolsas de polietileno deberán ser progresivamente reemplazadas por contenedores de material reutilizable. Los titulares de los establecimientos comprendidos en la ordenanza deberán proceder a su reemplazo en el plazo de 6 meses, a contar desde la vigencia de la presente (24 de abril de 2017).
La presente ordenanza no será aplicable cuando, por cuestiones de asepsia, las bolsas de polietileno y todo otro material plástico convencional deba ser utilizado para contener alimentos o insumos húmedos elaborados o reelaborados y no resulte factible la utilización de un sustituto.
Por su parte, desde la Municipalidad de Villa Elisa se hará entrega a los comerciantes, para su exhibición, de calcos que hagan alusión a la prohibición del uso de polietileno.
El incumplimiento o transgresión a la presente ordenanza y/o al cronograma fijado, hará pasible a los titulares del establecimiento en el que se verifique la infracción, las siguientes sanciones: primer incumplimiento, apercibimiento; segundo, multa de 25 a 50 unidades fijas; tercero o más, multa de 50 a 75 unidades fijas. #noalasbolsasplásticas #ecobolsas
Reunión de trabajo de la Municipalidad de Villa Elisa y la Asociación para el Desarrollo
En el encuentro se pudo avanzar en distintas líneas de trabajo. La Presidente Municipal, Susana Lambert junto a los Secretarios de Obras Públicas y Gobierno, Adolfo Viollaz y Gisela Gómez mantuvieron ayer una nueva reunión con representantes de...